Resolución 631 de 2015

“Por la cual se establecen los parámetros y valores límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales a cuerpos de aguas superficiales y a los sistemas de alcantarillado público”


  • ¿De qué se trata la norma?
    • Controlar las sustancias contaminantes que llegan a los cuerpos de agua natural o artificial y al sistema de alcantarillado público.
    • Mejorar la calidad del agua y la recuperación ambiental de las arterias fluviales del país.
    • Reducir el consumo de agua en las diferentes actividades, para el Ahorro y Uso eficiente


  • ¿Quién está obligado a cumplir la norma?
    • Quienes realizan vertimientos puntuales a los cuerpos de agua superficiales y a los sistemas de alcantarillado público, según las actividades industriales, comerciales o de servicios y que en el desarrollo de las mismas generen aguas residuales.


  • ¿Qué cambia frente a la norma anterior (Dec. 1594/84)?
    • Antes, todas las actividades productivas debían cumplir solo con un porcentaje de remoción, ahora se establece un límite máximo permitido por actividad económica y se establecen 56 parámetros de medición. Se diferencian las Aguas Residuales Domésticas (ARD) de las Aguas Residuales no Domesticas (ARND).


  • ¿Cuáles son las sanciones las sanciones previstas?
    • A nivel de las empresas las sanciones podrán ir desde los 100 hasta los 2.500 millones de pesos, pero en los hogares también habrá penalidades y responsabilidad en cuidar lo que vierten.


  • ¿Cuándo inicia la aplicación de la norma?
    • Los generadores que NO TENGAN PERMISO DE VERTIMIENTOS deberán dar cumplimiento a la nueva norma a partir del 01 de enero de 2016, y los que TENGAN PERMISO DE VERTIMIENTOS VIGENTE tendrán entre uno y dos años contados a partir de la expedición de la norma (Marzo de 2015) para dar cumplimiento a la misma.


  • ¿Cómo puedo cumplir la nueva resolución?
    • Obteniendo una adecuada asesoría ambiental y acompañamiento en el cumplimiento de la misma, mediante un diagnóstico de Alternativas.
    • Realizando muestreos antes y después del vertimiento.
    • Acogerse al plan de Reconversión a Tecnologías Limpias en Gestión de Vertimientos que amplía los plazos para las empresas que opten por implementarlo.


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