Resolución 631 de 2015
“Por la cual se establecen los parámetros y valores límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales a cuerpos de aguas superficiales y a los sistemas de alcantarillado público”
- ¿De qué se trata la norma?
- Controlar las sustancias contaminantes que llegan a los cuerpos de agua natural o artificial y al sistema de alcantarillado público.
- Mejorar la calidad del agua y la recuperación ambiental de las arterias fluviales del país.
- Reducir el consumo de agua en las diferentes actividades, para el Ahorro y Uso eficiente
- ¿Quién está obligado a cumplir la norma?
- Quienes realizan vertimientos puntuales a los cuerpos de agua superficiales y a los sistemas de alcantarillado público, según las actividades industriales, comerciales o de servicios y que en el desarrollo de las mismas generen aguas residuales.
- ¿Qué cambia frente a la norma anterior (Dec. 1594/84)?
- Antes, todas las actividades productivas debían cumplir solo con un porcentaje de remoción, ahora se establece un límite máximo permitido por actividad económica y se establecen 56 parámetros de medición. Se diferencian las Aguas Residuales Domésticas (ARD) de las Aguas Residuales no Domesticas (ARND).
- ¿Cuáles son las sanciones las sanciones previstas?
- A nivel de las empresas las sanciones podrán ir desde los 100 hasta los 2.500 millones de pesos, pero en los hogares también habrá penalidades y responsabilidad en cuidar lo que vierten.
- ¿Cuándo inicia la aplicación de la norma?
- Los generadores que NO TENGAN PERMISO DE VERTIMIENTOS deberán dar cumplimiento a la nueva norma a partir del 01 de enero de 2016, y los que TENGAN PERMISO DE VERTIMIENTOS VIGENTE tendrán entre uno y dos años contados a partir de la expedición de la norma (Marzo de 2015) para dar cumplimiento a la misma.
- ¿Cómo puedo cumplir la nueva resolución?
- Obteniendo una adecuada asesoría ambiental y acompañamiento en el cumplimiento de la misma, mediante un diagnóstico de Alternativas.
- Realizando muestreos antes y después del vertimiento.
- Acogerse al plan de Reconversión a Tecnologías Limpias en Gestión de Vertimientos que amplía los plazos para las empresas que opten por implementarlo.